lunes, 29 de abril de 2013

ABOGADO DE FÉLIX AVALOS PRESENTA RECURSO DE APELACIÓN CONTRA FALLO DE PRISIÒN PREVENTIVA

Dr. Victor Marcelo expresa que se ha "quebrantando" el proceso judicial
El Dr. Víctor Marcelo Yactayo, apeló a la Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria  de la Corte Superior de Justica de Cañete,  la sentencia de prisión preventiva que dictó en primera instancia contra su patrocinado, Félix Avalos Portuguez, en el sonado caso de la muerte de un menor en un accidente automovilístico en Cerro Azul.

“Nuestra posición en audiencia fue cuestionar el requerimiento de prisión preventiva en el sentido que no se estableció la suficiencia probatoria que exige el art. 268.1 del Código Procesal Penal en dos de los delitos, previstos en el Art. 111° y 124° del Código Penal de demostrar la inobservancia de la regla de transito”, precisó Marcelo Yactayo.

Dijo que el Ministerio Público, no sólo establece que haya existido muerte y lesiones, sino que las causas propiciadas por el agente, es en virtud del quebrantamiento de normas administrativas, hecho que no demostró durante el proceso judicial.

Dijo que la fiscalía, presentó un acta de inspección técnico policial que contenían  dos hojas de croquis y dos fotografías de posición final de los vehículos siniestrados, lo que no son pruebas suficientes para lograr su cometido.  

“No obstante en audiencia fuimos enfáticos en resaltar que, con respecto al acta del ITP señalaba en uno de sus extremos que las causas del accidente estaban por determinar. Mientras que los croquis no habían sido refrendado por alguna autoridad, llamándonos poderosamente la atención”, enfatizó Víctor Marcelo.

Precisa que a su criterio y buscando los múltiples elementos que pudieran ser acopiados, no encuentra elementos de convicción grave y fundado que apunte a determinar que el accidente se produjo quebrantando las reglas de tránsito.

“Sin embargo, el Juzgador en una actitud fuera de toda lógica apunta que se configure las causas del accidente con los croquis adjuntados, sin ofrecer elemento de convicción del citado requerimiento, tampoco fue materia de debate en el proceso judicial”, manifestó el letrado.

Teniendo en cuenta que el presente incidente es autónomo, mal hace el juzgador en referirse a otra pieza procesal, que hasta la fecha desconocen de su existencia.

Manifestó que el magistrado debió resolver en base a los elementos que se le presenta y no suplir la deficiencia del Ministerio Público a fin de sacar a flote la viabilidad de un requerimiento a todas luces infundado.

“El juzgador apela para tomar como elemento de convicción de la comisión del delito de Homicidio y Lesiones, las declaraciones de ciertos testigos que indican de cómo habían encontrado el vehículo de mi defendido”, indicó.

Dijo que con esto la justicia trata de quebrantar el Reglamento Nacional de Tránsito al no solicitar a la Unidad de Transporte de la PNP un informe claro y preciso de los hechos y no perjudicar a Jesús Avalos.

Debemos dejar constancia que el representante del Ministerio Público sustentó la comisión de cuatro delitos, entre ellos el de Omisión de Socorro y Fuga de Accidente de Tránsito, sin embargo estos no han merecido pronunciamiento de parte de juzgador.   

Finalmente, Víctor Marcelo, confía que en la instancia superior, revocará el fallo y su defendido continuará con la medida de comparecencia, aclarando que en este proceso se debe dejar de lado las presiones mediáticas de algunos interesados.

1 comentario:

  1. JUSTICIA, Y SI NO TUVO LA CULPA, ENTONCES QUIÉN MATÓ AL NIÑO?? O EL CARRO TENÍA PILOTO AUTOMÁTICO?

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